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La disputa legal por la Copa de África entre Senegal y Marruecos

La Copa de África de Naciones 2026 todavía no tiene dueño definitivo. Al menos, no para la ley. La Federación Senegalesa de Fútbol (FSF) tendrá que esperar hasta finales de noviembre para saber si el Tribunal de Arbitraje Deportivo (CAS) le devuelve el título que sobre el césped conquistó en Rabat… y que la Confederation of African Football (CAF) entregó después a Marruecos en los despachos.

El caso se escuchó el 8 de octubre en Lausana. Unos meses después de una final ya histórica, el Senegal–Marruecos del 18 de enero, decidido por un 1-0 en la prórroga a favor de los visitantes. Lo que parecía una noche consagratoria se ha convertido en un pulso jurídico de largo recorrido.

Un fallo que se hace esperar

En un primer momento, desde el propio CAS se dejó entrever que la resolución llegaría pocos días después de la audiencia. Nada de eso. El panel arbitral ha optado por elaborar un laudo completo, con fundamentos jurídicos detallados, lo que retrasa el veredicto.

El propio CAS lo confirmó en un comunicado oficial este lunes: el laudo, el llamado CAS Award, no verá la luz hasta finales de noviembre de 2026. No habrá decisión exprés. Habrá texto, argumentación y una sentencia con peso de jurisprudencia deportiva.

A la salida de la vista, a comienzos de mes, el director general del CAS, Matthieu Reeb, ya había preparado a aficionados y federaciones para una espera incómoda: reconoció que sería “una larga espera” para los hinchas, apenas unos meses después de la final entre Senegal y Marruecos, y adelantó que la decisión no llegaría “ni hoy ni mañana”, sino días más tarde. Los hechos, subrayó, están claros; la batalla se libra en el terreno de los procedimientos y de la interpretación jurídica.

Catorce minutos que cambiaron un continente

El origen del conflicto se concentra en un tramo final de partido. Minutos de máxima tensión, y de enorme carga simbólica. Con el encuentro aún en el tiempo reglamentario, el árbitro señaló un penalti contra Senegal. Varios jugadores senegaleses, indignados, abandonaron el campo y se dirigieron a los vestuarios en señal de protesta.

Fueron 14 minutos de parón. Un vacío en el césped, un ruido ensordecedor en la grada y una pregunta flotando en el aire: ¿se juega o no se juega? Al final, los senegaleses regresaron, el balón volvió a rodar, Marruecos falló la pena máxima y el título se decidió en la prórroga, con un gol visitante que desató la celebración de los Leones de la Teranga.

Parecía el final de la historia. No lo era.

En marzo, la Comisión de Apelación de la CAF dio un giro radical: consideró que esa marcha al vestuario equivalía a un abandono del partido, un forfait. En consecuencia, anuló el 1-0 y otorgó a Marruecos una victoria administrativa por 3-0, junto con la corona continental.

Senegal se agarra al silbato del árbitro

Senegal reaccionó el 25 de marzo. Recurrió al CAS con un argumento central: si el árbitro permitió que el partido se reanudara y se completara, su decisión en el terreno de juego debe prevalecer. El encuentro, sostienen, se jugó hasta el final, el penalti se lanzó, se erró, y el título se ganó en la prórroga. Nada de forfeit. Nada de 3-0 de despacho.

El litigio, por tanto, no discute lo que todos vieron por televisión. Discute cómo debe leerse ese parón de 14 minutos a la luz de los reglamentos de la CAF y de los principios generales del derecho deportivo. ¿Protesta extrema pero subsanada? ¿O abandono sancionable con derrota automática?

Ahí se mueve la delgada línea que separa a un campeón de África de un perdedor en los papeles.

Un tribunal con peso de corte suprema

El panel encargado de decidir el destino del trofeo lo encabeza el jurista francés Gérald Simon, especialista en derecho deportivo. Le acompañan el profesor italiano de derecho internacional Luigi Fumagalli y el abogado afincado en Hamburgo y profesor de la Universidad de Zúrich, Ulrich Haas. Tres nombres con amplia trayectoria en arbitraje y derecho del deporte.

El laudo que firmen no será un simple informe. Tendrá el mismo peso jurídico que una sentencia de un tribunal nacional en virtud de la Convención de Nueva York sobre el Reconocimiento y la Ejecución de Sentencias Arbitrales Extranjeras. Es decir, será vinculante y ejecutable tanto por las federaciones deportivas como por los tribunales estatales.

Cuando ese documento se publique a finales de noviembre, no solo se sabrá quién es, a todos los efectos, el campeón de la Copa de África de Naciones 2026. También quedará fijado un precedente que marcará cómo se gestionan, de ahora en adelante, las grandes crisis de autoridad en el fútbol africano. Y quizá, en un próximo final apretado, más de un jugador se lo piense dos veces antes de enfilar el túnel de vestuarios.